Acta de junta general: Omisión en un acta aclaratoria del número de acciones de los concurrentes
Por Editorial Economía y Finanzas - 11 de setiembre, 2026Res. 3829-2026-SUNARP-TR de 20-8-26
Si bien la indicación del número y clase de acciones de las que son titulares los accionistas concurrentes constituye un requisito del acta de junta general conforme al art. 135 de la Ley General de Sociedades, pues permite verificar el quórum mediante su contraste con el capital social inscrito, no corresponde observar un acta aclaratoria que omite dicho dato cuando esta tiene por objeto subsanar una omisión de un acta anterior que sí lo contiene. En tal supuesto, el acta aclaratoria puede asimilarse a una reapertura del acta, siempre que intervengan las mismas personas que suscribieron el acta inicial, se haga referencia a esta y la aclaración se limite a corregir el error u omisión advertido.