Asignaciones económicas otorgadas al trabajador por convenio con el empleador: Sujeción al requisito de generalidad
Por Editorial Economía y Finanzas - 18 de noviembre, 2024Casación 40812-2023 Lima de 14-8-24
(Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema)
RTF impugnada: 08132-2-2019
Ponente: Juez Supremo Proaño Cueva
Las asignaciones por cumpleaños del trabajador y por aniversario de la empresa, que han sido acordadas en virtud de un convenio entre el empleador y el servidor, deben cumplir el requisito de generalidad para ser deducibles, por estar comprendidas en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 37 de la LIR.
Observación: El criterio que se desprende de esta sentencia es que sólo escapan al requisito de generalidad las asignaciones laborales otorgadas por mandato legal y que deben cumplir ese requisito las asignaciones convenidas entre el trabajador y el empleador, así como las otorgadas unilateralmente por éste.