Cómo asegurar un cierre fiscal 2024 sin problemas: estrategias para la declaración jurada anual del impuesto a la renta
Por Dra. Andrea Becerra - 24 de marzo, 2025Con la llegada de marzo, también inicia el cronograma final para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente al ejercicio gravable 2024 en el Perú, por lo que debemos prepararnos para cumplir con las obligaciones tributarias y societarias. En este artículo realizaremos una revisión estratégica de los puntos a tener en cuenta en los Estados Financieros para la elaboración de actas de Junta General de Accionistas y/o Acuerdos de Directorio, verificación de partidas clave de gastos con impacto tributario, asegurando su correcta deducibilidad y tratamiento fiscal y la anticipación de contingencias fiscales mediante una evaluación detallada de la declaración jurada anual.
Nuestro enfoque le permitirá cumplir con los requisitos normativos y, a su vez, maximizar eficientemente su carga tributaria, evitando riesgos innecesarios.
Sobre la Declaración Jurada Anual
Según la Resolución de Superintendencia No. 304-2024/SUNAT, la presentación de la declaración se deberá efectuar desde el miércoles 26 de marzo hasta el miércoles 09 de abril de 2025, según el último dígito del RUC del contribuyente.
Las personas o entidades que hayan obtenido rentas de tercera categoría y realizado pagos que excedan el 15% del total de sus obligaciones tributarias, utilizando medios de pago distintos al efectivo, también están obligadas a presentar una declaración jurada informando sobre dichas operaciones.
Esta declaración jurada debe incluir detalles sobre los pagos realizados, los montos involucrados, la identificación de los beneficiarios y cualquier otra información relevante que la autoridad tributaria pueda requerir. El objetivo de esta medida es fortalecer el control tributario y prevenir la evasión fiscal, promoviendo la transparencia en las transacciones financieras y asegurando el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
Debe tenerse presente que la Ley No. 31940 ha extendido el plazo para que las personas naturales y las MYPE con ingresos anuales de hasta 1,700 UIT presenten su Declaración Jurada Anual y paguen el Impuesto a la Renta a partir de mayo de 2025.
Además, como cada año, SUNAT ha puesto a disposición archivos personalizados con información referencial, que deben ser revisados y completados antes de su presentación. Para negocios o empresas dicha información está disponible desde el 17 de febrero de 2025, debiendo efectuarse la presentación de la declaración a través del Formulario Virtual No. 710 (simplificado y completo).
El cierre fiscal implica la correcta determinación del Impuesto a la Renta; así como una estrategia integral para optimizar recursos, minimizar riesgos tributarios y mejorar la estructura organizativa y financiera de la empresa. En este contexto, es fundamental analizar aspectos clave como la deducción de gastos, planificación financiera, relaciones con accionistas y reorganización empresarial. A continuación, presentamos una guía práctica para lograr un cierre fiscal eficiente y sin contingencias.
I. Análisis del organigrama y de las retribuciones pagadas a sujetos vinculados
Cada empresa debe revisar su organigrama y verificar si las retribuciones pagadas a los sujetos vinculados (accionistas, familiares o gerentes) cumplen con el principio de valor de mercado según la normativa del Impuesto a la Renta.
Además, es importante considerar que en el caso de remuneraciones pagadas con cheque la empresa debe contar con un documento firmado por el trabajador (recibo o constancia de pago) en el que reconozca que ha recibido el monto y que el pago tiene carácter cancelatorio.
II. Registro y reconocimiento adecuado de ingresos
La SUNAT ha intensificado la fiscalización del devengo de ingresos, que debe efectuarse cuando se transfiere el control del bien o se presta el servicio. Para evitar reparos es fundamental que las empresas:
- Verifiquen que todos los ingresos estén correctamente registrados.
- Sustenten cualquier ajuste o reducción de ingresos con documentación válida.
- Concilien la información contable con la tributaria.
III. Deducción de gastos: Fehaciencia, causalidad y generalidad
Para que un gasto sea deducible debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Fehaciencia: Contar con documentación válida de acuerdo con la operación realizada (facturas, contratos, reportes internos, entre otros).
- Causalidad: Tener una vinculación directa con la generación de renta o el mantenimiento de la fuente.
- Generalidad: La Ley del Impuesto a la Renta exige algunas condiciones para la deducción de gastos, dentro de las cuales se encuentra el cumplimiento del Principio de Generalidad. Este principio establece que los gastos educativos, culturales, de salud, recreativos y otros similares que la empresa realice en beneficio de sus trabajadores deben alcanzar a todos aquellos trabajadores que se encuentren en situaciones comunes o similares.
Cabe resaltar que el incumplimiento de estos principios genera fiscalizaciones por parte de la Administración Tributaria y puede resultar en: i) exceder algunas limitaciones que la ley contempla para otros gastos; ii) incurrir en gastos que no están vinculados con la actividad económica de la empresa; y/o iii) incurrir en gastos innecesarios que disminuyan el impuesto a pagar al fisco. Para evitar contingencias es recomendable que la empresa defina, por escrito, los criterios generales para el otorgamiento de determinado beneficio a los trabajadores (por ejemplo: área, función, antigüedad, sueldo de los trabajadores comprendidos, entre otros que correspondan) y que, antes de otorgar el beneficio, la empresa evalúe que los trabajadores se encuentren comprendidos dentro de los alcances de dicho documento.
Así también cabe resaltar que según la jurisprudencia establecida por criterios del Tribunal Fiscal este principio se cumple, aun cuando se trate de un único trabajador que se encuentre en una determinada situación o posición en la empresa, lo que implica que eventualmente el beneficio podría ser otorgado a un solo trabajador, siempre que éste, por sus características, reúna los criterios que la empresa haya definido previamente para el otorgamiento del beneficio. Por lo tanto, es esencial que las empresas adopten una política de trato equitativo y justo hacia todos sus accionistas y partes interesadas, garantizando así la transparencia, la confianza y la sostenibilidad a largo plazo. Esto no solo es una cuestión de ética empresarial, sino también una estrategia inteligente para asegurar el éxito y la prosperidad de la empresa en el futuro.
Por ejemplo, las provisiones por vacaciones no tomadas no son deducibles, lo que podría generar infracciones y multas si no se regularizan a tiempo.
IV. Revisión de operaciones con partes vinculadas
Para prevenir ajustes por parte de la SUNAT, cualquier transacción entre una empresa y una persona natural que ocupe el cargo de Gerente General debe realizarse a valor de mercado. Es recomendable que la empresa documente y pague de forma adecuada las retribuciones al Gerente General para garantizar que puedan ser deducidas como gasto.
V. Prevención de riesgos tributarios y acciones de cobranza coactiva
Es fundamental verificar si la empresa tiene deudas tributarias pendientes o si enfrenta procesos de cobranza coactiva. Para mitigar estos riesgos, se pueden considerar las siguientes acciones:
- Verificar si la deuda ha prescrito y solicitar la extinción de la obligación tributaria.
- Fraccionar la deuda para evitar medidas de embargo.
- Impugnar resoluciones de cobranza indebida.
Si se requiere que un tercero realice gestiones ante la SUNAT (incluyendo pagos), es posible autorizarlo a través de SUNAT Operaciones en Línea. Ello facilitará los trámites sin necesidad de un poder notarial.
Recomendaciones finales
Algunas estrategias financieras que las empresas pueden implementar para optimizar su carga tributaria incluyen:
- Pagar regalías a personas naturales (accionistas o terceros) por el uso de marcas en lugar de adquirirlas, generando así un gasto deducible anualmente.
- Retribuir a los accionistas por garantizar las deudas de la empresa, lo que permite que los pagos sean considerados gastos deducibles considerando intereses por el costo del dinero en el tiempo.
Para asegurar un cierre fiscal 2024 exitoso, se recomienda:
- Realizar conciliaciones contables y tributarias para evitar reparos por parte de la SUNAT.
- Prevenir riesgos legales y laborales mediante una revisión interna de pagos y beneficios.
- Fortalecer la estructura organizacional con herramientas de liderazgo y capacitación.
Debemos recordar que un adecuado cumplimiento de las normas fiscales y una estrategia integral permitirán no solo evitar contingencias, sino también mejorar la competitividad y rentabilidad de la empresa.