Carácter supletorio del Código Tributario y del Rgto. del Procedimiento de Fiscalización de la Sunat en materia aduanera
Por Editorial Economía y Finanzas - 2 de julio, 2026RTF 581-A-2025 de 21-1-25
Cuestión controvertida: En materia de fiscalización aduanera, ¿el Código Tributario y el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la Sunat son de aplicación supletoria?
Fallo: Sí. En materia de fiscalización aduanera, el Código Tributario y el Rgto. del Procedimiento de Fiscalización de la Sunat son normas supletorias a la normatividad aduanera, siendo la Decisión 778 la norma que establece conceptos uniformes y competencias comunes a todas las autoridades aduaneras de los Países Miembros de la Comunidad Andina de Naciones, a fin de aplicar el conjunto de medidas que involucra el control aduanero, así como la asistencia mutua y cooperación entre las Administraciones Aduaneras de los Países Miembros, la aplicación de sistemas de control aduanero idóneos e implementación de mecanismos modernos de gestión de riesgos.