Crédito fiscal: Comprobantes de pago emitidos en situaciones de contingencia y valor probatorio del Programa de Envío de Información de SUNAT
Por Editorial Economía y Finanzas - 6 de mayo, 2025RTF 2631-8-2025 de 21-3-25
El hecho de que los comprobantes emitidos en situaciones de contingencia por emisores electrónicos de comprobantes de pago hubieren sido reportados a través del Programa de Envío de Información (PEI) de SUNAT, no sustentan de modo alguno el estado de contingencia que habría habilitado al proveedor del contribuyente a emitirle facturas físicas. La alegación de que el proveedor tenía problemas de conexión a internet que le impidieron por cuatro periodos consecutivos emitir comprobantes de pago electrónicos, tampoco es razonable pues dicha situación de contingencia habría podido ser solucionada a través de un cambio de operador de servicios de internet, por lo que los comprobantes observados en ese supuesto carecerán de validez y por tanto no darán derecho a la utilización del crédito fiscal.
Observación: En el caso tampoco se acreditó la utilización de medios de pago que habría convalidado el uso del crédito fiscal.