Depósito de la CTS del periodo mayo 2026: Preguntas y respuestas
Por Dr. David Corthorn Nolte - 8 de mayo, 2026El viernes 15 de mayo de 2026 vence el plazo que tienen los empleadores para realizar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
En el siguiente informe absolvemos algunas preguntas sobre este concepto:
¿Quiénes tienen derecho a la CTS?
Los siguientes:
- Trabajadores del régimen laboral de la actividad privada que cumplan, cuando menos en promedio, una jornada mínima diaria de 4 horas. Este beneficio se genera a partir del primer mes de iniciado el vínculo laboral.
En ese sentido, si el trabajador al 30 de abril de 2026 no cumple el requisito de un mes completo de servicios desde su fecha de ingreso, el importe de la CTS se calculará y depositará conjuntamente con la que corresponda al siguiente período (es decir, noviembre de 2026).
- Trabajadores de regímenes especiales: Existen regímenes laborales especiales en los que la forma de cálculo y pago de la CTS varía. Por ejemplo:
-
- Construcción Civil: La CTS equivale al 15 % de las remuneraciones básicas que el trabajador percibió durante el tiempo de servicios que laboró para un mismo empleador.
- Régimen agrario: La CTS equivale al 72% de la Remuneración Básica (RB).
Los trabajadores del régimen agrario cuya jornada laboral es de 4 o más horas diarias en promedio a la semana tienen derecho a percibir una RB mensual no menor a la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Téngase en cuenta que la Ley 31110 establece que el pago de la CTS puede realizarse de manera conjunta con la Remuneración Diaria (prorrateada) o de manera semestral, conforme a la normativa general aplicable.
¿Los trabajadores a tiempo parcial (part time) tienen derecho a la CTS?:
No. Sólo están comprendidos en el beneficio de la CTS los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada que cumplan, cuando menos en promedio, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
¿Las micro y pequeñas empresas deben realizar el depósito de la CTS?
En el caso de las micro y pequeñas empresas pueden presentarse los siguientes escenarios:
- Microempresa (ingresos anuales no superan las 150 UIT):
- Los trabajadores contratados antes de la inscripción de la empresa en el REMYPE tienen derecho a la CTS (bajo el régimen general, esto es, acceden al 100% del beneficio)
- Los trabajadores contratados con posterioridad a la inscripción en el REMYPE no tienen derecho a la CTS.
- Pequeña empresa (ingresos anuales no superan las 1700 UIT)
- Los trabajadores contratados antes de la inscripción de la empresa en el REMYPE tienen derecho a la CTS (régimen general, esto es, acceden al 100% del beneficio)
- Los trabajadores contratados con posterioridad a la inscripción en el REMYPE tienen derecho al 50% del depósito por dicho concepto.
¿Cuál es la remuneración que se toma como referencia para el cálculo de la CTS de mayo de 2026?
La remuneración que se toma como base para establecer el monto de la CTS a pagar se determina en función del sueldo o treinta jornales que percibe el trabajador al mes de abril de 2026.
¿Que periodo comprende el depósito de la CTS?
El depósito de la CTS comprende el semestre noviembre 2025- Abril 2026.
Se consideran computables para el cálculo de la CTS los siguientes supuestos (pese que no hay labor efectiva):
- Las inasistencias motivadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional o por enfermedades debidamente comprobadas, en todos los casos hasta por 60 días al año. Se computan en cada período anual comprendido entre el 1 de noviembre de un año y el 31 de octubre del año siguiente;
- Los días de descanso pre y post natal;
- Los días de suspensión de la relación laboral con pago de remuneración por el empleador;
- Los días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente o ilegal; y,
- Los días que devenguen remuneraciones en un procedimiento de calificación de despido.
¿Qué obligaciones o formalidades deben cumplirse?
El depósito que efectúe el empleador debe realizarse dentro de los primeros 15 días naturales del mes de mayo.
Una vez realizado el depósito, el empleador dentro de los 5 días hábiles debe entregar a cada trabajador, bajo cargo, una liquidación debidamente firmada.
Si el empleador no cumple con realizar los depósitos que le corresponda, quedará automáticamente obligado al pago de los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente y, en su caso, a asumir la diferencia de cambio, si el pago de la CTS hubiera sido solicitado en moneda extranjera.
¿Hay sanciones por incumplir las obligaciones vinculadas con el depósito de la CTS?
Sí. Constituyen infracciones sancionables con multa, los siguientes incumplimientos:
- No entregar al trabajador, en los plazos y con los requisitos previstos, la hoja de liquidación de la CTS
Este incumplimiento se considera INFRACCIÓN LEVE en materia de relaciones laborales (RLGIT, art. 23, num. 23.2.).
- No depositar íntegra y oportunamente la CTS
Este incumplimiento se considera INFRACCIÓN GRAVE en materia de relaciones laborales (RLGIT, art.24, num 24.5).
Los montos de las multas varían según el tipo de empresa (pequeña o No Mype), la gravedad de la infracción (leve o grave) y el número de trabajadores.
Así, tenemos que la multa por no entregar la hoja liquidación de la CTS puede ser de:
- Pequeña empresa: S/495 (mínimo) ó S/12,375 (máximo)
- No mype: S/1430 (mínimo) ó S/ 85,360 (máximo)
Por otro lado, la multa por no depositar la CTS puede ser de:
- Pequeña empresa: S/2475 (mínimo) ó S/24,750 (máximo)
- No mype: S/8,635 (mínimo) ó S/ 143,660
¿Se puede disponer de los depósitos de la CTS?
Sí. La Ley 32322 autoriza a los trabajadores a disponer libremente del 100% de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2026.
Cabe agregar que en caso el trabajador sea diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar en cualquier momento el retiro del 100% de su depósito CTS e intereses acumulados. El cálculo se efectúa a la fecha en que el trabajador solicita dicho retiro total.