Derecho del trabajador a ser indemnizado por incumplimiento del mandato judicial que ordena su reposición en el puesto
Por Editorial Economía y Finanzas - 13 de agosto, 2026Casación Laboral 39938-2023, Pasco de 10-3-26
(Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria Corte Suprema de Justicia)
Ponente: Juez supremo Paredes Infanzón
Cuestión controvertida: Si el trabajador obtiene una sentencia judicial que ordena su reposición ¿el incumplimiento de ese mandato le otorga el derecho a ser indemnizado por daños y perjuicios en la modalidad de lucro cesante y daño moral?
Fallo:
- La conducta omisiva de la entidad demandada resulta antijurídica, en tanto incumple el mandato judicial que ordenó la reposición, configurándose de este modo el supuesto de responsabilidad civil previsto en el art. 1321 del Código Civil. El incumplimiento de la obligación de reposición genera una situación perjudicial para el demandante al mantenerse indebidamente apartado de su fuente de trabajo.
- Por otro lado, la prolongación de la situación de separación del demandante de su puesto de trabajo constituye una consecuencia directa del incumplimiento de la obligación de reposición, configurándose así un perjuicio indemnizable en la modalidad de lucro cesante.
- Con relación al daño moral, cabe indicar que la sola acreditación del incumplimiento del mandato judicial de reposición no implica automáticamente la configuración de un daño extrapatrimonial indemnizable. El daño moral requiere la acreditación de una afectación real en la esfera emocional o personal del demandante, así como la existencia de un nexo causal directo entre dicha afectación y el hecho dañoso.