Discriminación remunerativa: Caso en que la antigüedad del homólogo justificó la diferencia remunerativa con el demandante
Por Editorial Economía y Finanzas - 26 de febrero, 2026Casación Laboral 19368-2023, Piura de 20-10-25
(Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema)
Ponente: Juez Supremo Ato Alvarado
Hechos: La demandante (sectorista de crédito y luego asesor de finanzas de una Caja Municipal) solicitó el pago y reintegro por homologación de remuneraciones básicas con su incidencia en los beneficios sociales, más el pago de intereses legales, costas y costos del proceso.
El juez declaró infundada la demanda por lo siguiente:
- la demandante ingresó en noviembre de 2013, significativamente después que el trabajador homólogo (quien ingresó en enero de 2005),
- ambos compartían el mismo nivel y categoría laboral (Categoría III, Nivel de Analista I),
- no se había demostrado que los homólogos propuestos hayan realizado capacitación profesional adicional que justificara una remuneración superior a la de la demandante
- la diferencia salarial se basó en el criterio objetivo y válido de la antigüedad del trabajador en la empresa (tiempo de servicios), así como en la del cargo.
La Sala revocó la sentencia apelada y la reformó a fundada, ordenando pagar S/192,850.00 por reintegro de remuneraciones y gratificaciones. Ordenó el pago de S/15,965.28 por reintegro de CTS, al considerar que no se había demostrado la antigüedad como factor que justificara la disparidad en remuneraciones, por lo que no era una razón objetiva ni razonable para el trato desigual.
En su recurso de casación, el empleador denunció la infracción normativa del art.6 del D.S. 002-2018-TR (justificación de diferencias salariales). Alegó que el citado artículo no había sido aplicado por la Sala, pues, los trabajadores que pertenecían a una misma categoría podían percibir remuneraciones distintas en función de criterios objetivos.
Cuestión controvertida: ¿La Sala cometió infracción normativa del art. 6 del D.S. 002-2018-TR?
Fallo: Sí, por las razones siguientes:
- De la revisión del expediente se encuentra acreditado que la demandante y el homólogo desempeñaron el mismo cargo, esto es, Asistente de Créditos, pero en periodo distintos. Posteriormente, ocuparon el cargo Sectorista de Créditos y luego el de Asesor de Finanzas.
- Se verifica que el trabajador homólogo tenía mayor antigüedad que la demandante; asimismo, cuando ésta aun ocupaba el cargo de Asistente de Crédito, el trabajador homólogo ya ocupaba el cargo de Sectorista de Crédito. Luego, ambos fueron Asesores de Finanzas Empresariales (en el periodo del julio de 2014 hasta enero de 2021) y finalmente Asesores de Negocios (febrero de 2021 hasta julio de 2021). Por tanto, si bien ambos han desempeñado un mismo cargo en los últimos periodos en la empresa demandada, resulta obvio que la antigüedad del trabajador homologo determina una mayor experiencia en el desempeño de sus funciones.
- De las boletas de pago se advierten diferencias salariales entre las remuneraciones percibidas por la demandante y el trabajador homólogo. Sin embargo, de la revisión de la Política de Remuneraciones y Compensaciones del empleador se encuentra acreditado que el trato diferenciado no responde a una conducta discriminatoria, sino que existen causas objetivas y razonables que el empleador analizó de conformidad con lo previsto el art. 6 del D.S 002-2018-TR, Reglamento de la Ley 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre hombres y mujeres.
En ese sentido, la Sala Superior ha vulnerado el art. 6 del D.S. 002-2018-TR, por tanto, la causal de casación analizada es fundada.