El MLI en Perú: Cambios en los CDI y su impacto en la inversión extranjera
Por Dra. Cynthia Velezmoro - 31 de marzo, 2025El pasado 13 de marzo, el Pleno del Congreso de la República del Perú aprobó[1] la Convención Multilateral para la Implementación de Medidas contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (MLI[2], por sus siglas en inglés). Este tratado, desarrollado por la OCDE como parte del Plan de Acción BEPS, tiene como objetivo fortalecer los Convenios para Evitar la Doble Tributación (CDI) y prevenir la elusión fiscal. Su adopción no solo moderniza el sistema tributario peruano, sino que también influye en la seguridad jurídica y el atractivo del país para la inversión extranjera.
A lo largo de este artículo, analizaremos cómo el MLI impactará la tributación internacional en Perú, las principales modificaciones que introduce en los CDI, sus efectos en la inversión extranjera y los retos que enfrentará su implementación en el país.
El MLI y su impacto en la tributación internacional en Perú
El MLI es una herramienta eficaz para actualizar los CDI vigentes sin necesidad de renegociaciones bilaterales, lo que reduce costos y agiliza la modernización de la política tributaria internacional. Además, permite implementar los estándares mínimos del Plan de Acción BEPS en materia de tratados, en particular los relacionados con las acciones 2, 6, 7 y 14. En términos prácticos, su entrada en vigor fortalecerá las disposiciones antiabuso en los CDI, dificultando estrategias de elusión como el 'treaty shopping', las cuales erosionan la base imponible del Impuesto a la Renta.
A nivel global, el MLI ha sido suscrito por más de 100[3] países, lo que evidencia un compromiso internacional con la transparencia y la lucha contra la elusión fiscal. En América Latina, países como Argentina, Chile y México también han adoptado el tratado, lo que demuestra un esfuerzo regional por modernizar sus políticas tributarias conforme a los estándares internacionales.
Un aspecto importante es que no todos los CDI suscritos por Perú serán modificados por el MLI, sino únicamente aquellos que ambas partes reconozcan como ‘Convenios Tributarios Cubiertos’ (en adelante, CTA[4] por sus siglas en inglés). Actualmente, Perú mantiene ocho CDI que ha suscrito con Brasil, Canadá, Chile, Corea, México, Portugal, Suiza y Japón, además de un convenio multilateral con los países de la Comunidad Andina de Naciones (Decisión 578). No obstante, el MLI solo surtirá efecto en los CDI con Canadá, Chile, Corea, Portugal y México, ya que estos países han ratificado el tratado e incluido a Perú como CTA. Por el contrario, los CDI con Suiza y Brasil no serán modificados, dado que estos países no han ratificado el MLI o no han incluido a Perú en su lista de CTA.
Principales modificaciones en los Convenios para Evitar la Doble Tributación (CDI) de Perú
El MLI introduce modificaciones clave en la aplicación de los CDI peruanos, fortaleciendo las normas antiabuso, redefiniendo criterios de tributación y mejorando la resolución de controversias. Entre los principales cambios destacan:
- Reglas antiabuso: Se incorpora la Principal Purpose Test (PPT), un estándar internacional que permite a las autoridades tributarias negar beneficios de un CDI cuando se determine que una estructura empresarial ha sido diseñada principalmente para obtener ventajas fiscales indebidas.
- Modificación en el umbral de participación para dividendos: La aplicación de tasas preferenciales en dividendos podría verse restringida, dependiendo del porcentaje de participación del beneficiario efectivo y del período de tenencia de las acciones en la empresa fuente.
- Nueva definición de establecimiento permanente (EP): Se amplía el concepto de EP para incluir supuestos en los que una empresa fragmenta sus actividades con el propósito de evitar la tributación en un país.
- Tratamiento de las ganancias de capital: Con el MLI, Perú podrá cobrar impuestos a los residentes de Canadá que vendan acciones de empresas peruanas con muchos bienes inmuebles. Antes, solo se contaban ciertos inmuebles, pero ahora se incluyen todos.
- Mejoras en la resolución de controversias: Se refuerza el mecanismo de arbitraje dentro de los CDI, proporcionando mayor seguridad jurídica a los inversionistas extranjeros y reduciendo la incertidumbre en la aplicación de los tratados.
Efectos del MLI en la inversión extranjera y su implementación en Perú
La adopción del MLI por parte del Perú refuerza su compromiso con la comunidad internacional y representa un paso clave en su proceso de adhesión a la OCDE. En este contexto, la pronta ratificación del tratado será determinante en la evaluación que se llevará a cabo en París en septiembre próximo.
Para comprender los efectos de su implementación en Perú, es importante considerar los siguientes aspectos:
- Retos en la interpretación: La administración tributaria y los contribuyentes deberán adaptarse a las nuevas disposiciones, lo que exigirá capacitación, ajustes en los procedimientos de la SUNAT y una adecuada difusión de los cambios normativos.
- Adaptación empresarial: Las compañías con operaciones internacionales deberán revisar sus estructuras fiscales para alinearse con las nuevas reglas, lo que podría implicar costos adicionales en asesoría tributaria y modificaciones operativas.
- Tiempo de transición: Se estima que la aplicación efectiva del MLI tome entre uno y tres años, dependiendo de la ratificación final y del desarrollo de regulaciones complementarias que brinden mayor claridad.
- Comparación con otros países: En América Latina, países como México y Chile han ratificado el MLI sin afectar significativamente la inversión extranjera, lo que sugiere que su implementación no necesariamente reducirá la llegada de capital al país.
Un aspecto relevante es que las empresas con operaciones en jurisdicciones cuyos CDI no han sido modificados por el MLI (como Suiza o Brasil) podrían seguir aplicando esquemas de planificación fiscal que en otras economías ya no serán viables. Esto podría generar diferencias en la carga tributaria y en las decisiones de inversión de las multinacionales.
En consecuencia, la implementación del MLI tendrá un impacto diferenciado en el ecosistema de inversión en Perú, dependiendo de la rapidez y claridad con la que se apliquen las nuevas disposiciones y de la capacidad de adaptación tanto de las empresas como de la administración tributaria.
Retos y próximos pasos en la implementación del MLI
Tras la aprobación del MLI por el Congreso, el proceso pasará a manos del Poder Ejecutivo, que dispone de 15 días hábiles para promulgar la ley, formular observaciones o dejar que entre en vigor por silencio positivo. Este plazo se cumplirá este 14 de abril. Si el Ejecutivo lo aprueba, la norma será firmada y publicada en el Diario Oficial El Peruano. En caso de formular observaciones, el Congreso podrá evaluarlas o insistir en su promulgación. Este paso será determinante para la implementación del MLI y la alineación de Perú con los estándares internacionales.
Teniendo en cuenta lo expuesto en este artículo, el principal reto será garantizar una implementación efectiva del MLI, evitando distorsiones en la economía y asegurando que la reforma fiscal cumpla sus objetivos. En el contexto del proceso de adhesión de Perú a la OCDE, la adopción de estos estándares será clave para fortalecer su integración en la economía global y consolidar un sistema tributario más equitativo y eficiente.
Con su entrada en vigor, el MLI redefinirá las reglas del juego para la inversión extranjera y la planificación fiscal en el país. La cuestión ahora es si Perú logrará equilibrar la transparencia tributaria con la competitividad económica o si, por el contrario, esta reforma representará un desafío adicional para atraer inversión.
Para que esta reforma impulse el crecimiento y la estabilidad fiscal, será fundamental establecer una regulación clara y predecible, así como mecanismos efectivos de aplicación. En este escenario, las empresas e inversionistas deberán anticiparse a los cambios, evaluar su impacto y ajustar sus estrategias para adaptarse a este nuevo entorno.
Bibliografía:
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). (2024). Signatories and parties to the Multilateral Convention to Implement Tax Treaty Related Measures to Prevent BEPS. OCDE.
https://www.oecd.org/tax/treaties/beps-mli-signatories-and-parties.pdf
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). (2016). Texto del Instrumento Multilateral para la Implementación de las Medidas Relacionadas con los Tratados Tributarios para Prevenir la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (MLI). OCDE.
https://www.oecd.org/tax/treaties/beps-multilateral-instrument-text-translation-spanish.pdf
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). (s.f.). BEPS MLI Matching Database. OCDE.
https://www.oecd.org/en/data/tools/beps-mli-matching-database.html
PricewaterhouseCoopers (PwC). (2023, 7 de junio). México deposita su ratificación del Instrumento Multilateral (MLI). PwC México.
Congreso de la República del Perú. (2025). Expediente legislativo 3018/2021-PE. Congreso de la República.
https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal/#/expediente/2021/3018
[1] Dictamen recaído en el Proyecto de Resolución Legislativa 3018-2022-PE, que obtuvo 71 votos a favor y 6 abstenciones y que actualmente se encuentra en estado procesal autógrafa (desde el 24.03.3025).
[2] Multilateral Instrument or BEPS MLI
[3] Al 10 de enero de 2025.
[4] Covered Tax Treatment.