Gastos de combustible en vehículos de propiedad del contribuyente: Documentación que no acreditó la causalidad de la operación
Por Editorial Economía y Finanzas - 3 de septiembre, 2024RTF 2706-2-2023 de 5-4-23
En el caso, los siguientes documentos no acreditaron la causalidad por la adquisición de combustible:
- Facturas: No son suficientes, ya que con su sola emisión no se encuentra acreditado el destino de tales adquisiciones a la generación de rentas o al mantenimiento de la fuente productora.
- Comprobantes emitidos por Estación: No es posible determinar el periodo al que correspondían, ya que son ilegibles; sin perjuicio de ello, los comprobantes de pago no acreditan la necesidad, uso y destino del combustible adquirido.
- Tarjeta de propiedad vehicular del vehículo: Sólo acredita la propiedad y posesión del vehículo, mas no que el gasto por combustible contenido en los comprobantes de pago observados hayan sido utilizados en la generación de ingresos o el mantenimiento de la fuente generadora de renta.
Observación: El Tribunal Fiscal no precisó la documentación que habría acreditado la causalidad de la operación. Sin embargo, cabe señalar que en la RTF 3682-1-2015 de 14-4-15 sí lo hizo, estableciendo que el recurrente debió presentar un Registro de Activos Fijos en el que se encontrara registrado como activo fijo el vehículo, así como cualquier otra documentación que permitiera acreditar que las adquisiciones se destinaron al desempeño de las actividades vinculadas al giro del negocio del recurrente.