Incautación: Caso en que la factura no acreditó el origen legal de la mercancía
Por Editorial Economía y Finanzas - 3 de enero, 2025RTF 5600-A-2023 de 11-7-23
Hechos: En el marco de una acción de control la Administración intervino un vehículo encontrando en su interior mercancía (prendas de vestir) de procedencia extranjera que no contaba con documentación que acreditara su ingreso legal ni libre tránsito por el territorio nacional. Esto motivó que se elaborara el acta de incautación correspondiente.
Posteriormente, el recurrente solicitó la devolución de la mercancía.
Para acreditar el origen legal de la mercancía, presentó la factura y la guía de remisión correspondiente.
Finalmente, la Administración impuso las sanciones de comiso y multa.
Cuestión controvertida: ¿Procede la devolución de la mercancía?
Fallo:
No, por lo siguiente:
- Respecto de una parte de la mercancía, el recurrente no presentó medio probatorio que acreditara su libre circulación en el territorio nacional e ingreso legal al país.
- Con relación al resto de la mercancía, si bien el recurrente presentó una factura comercial y una guía de remisión, la Administración hizo un requerimiento al proveedor (quien aparecía registrado en la factura) a efectos de verificar la autenticidad de los mencionados documentos; sin embargo, éste no lo absolvió. Esta situación impide establecer la procedencia legal de parte de lo incautado, así como su ingreso legal país. Por tanto, la factura no puede ser considerado un medio probatorio de la adquisición de la mercancía incautada.