Infracción del art. 177, num. 5: Procedencia de la emisión de dos resoluciones de multa por la misma infracción en una fiscalización
Por Editorial Economía y Finanzas - 13 de marzo, 2025RTF 3001-8-2024 de 22-3-24
Procede la emisión de dos resoluciones de multa por la infracción del art. 177, num. 5 (no presentar información o documentación que el contribuyente debe preparar ante la solicitud de la SUNAT) si el contribuyente no presenta i) el análisis mensual de la determinación del IGV (crédito fiscal, saldo a favor o compensaciones) y/o saldo a favor del exportador y saldo a favor materia de beneficio, de corresponder y ii) copias escaneadas en archivo PDF del original de comprobantes de pagos, guías de remisión, medios de pagos, constancias de detracción, entre otros, pues se tratan de dos hechos distintos sustentados en dos resultados de requerimientos distintos.