Infracción administrativa vinculada a la receptación aduanera: Configuración
Por Editorial Economía y Finanzas - 2 de setiembre, 2026RTF 8002-A-2025 de 26-8-25
Cuestión controvertida: ¿Qué condiciones deben cumplirse para que se configure la infracción administrativa vinculada a la receptación aduanera?
Fallo: Para que se configure la infracción administrativa vinculada a la receptación aduanera es necesario que se cumplan los siguientes supuestos: 1) Que el sujeto infractor haya adquirido, recibido en donación o prenda, o realizado almacenamiento, ocultamiento, venta o comercialización de las mercancías; 2) El valor de las mercancías (objeto material del delito) sea menor a 4 UIT y 3) De acuerdo a las circunstancias el autor tuviera conocimiento o se comprueba que debía presumir que provenía de los delitos contemplados en la LDA.