Libro de reclamaciones: Caso de proveedor que subsanó la omisión de la implementación del libro luego de la notificación de la imputación de cargos
Por Editorial Economía y Finanzas - 20 de noviembre, 2025Res. 3075-2025/SPC-INDECOPI de 24-9-25
Hechos: La Comisión declaró fundada la denuncia en contra Icam Home, por infracción de los arts. 150 del Código y 4 del Reglamento del Libro de Reclamaciones. Concluyó que se había probado que el denunciado no había implementado en su página web (https:// tiendamabe.pe/términos-y-condiciones/) el Libro de Reclamaciones virtual.
En su recurso de apelación, el proveedor indicó que, al tomar conocimiento de la denuncia, realizó las modificaciones necesarias en el portal web para adecuarse a las normas del Código, incluyendo la habilitación del Libro de Reclamaciones virtual.
Cuestión controvertida: ¿El proveedor debió ser sancionado pese a que habilitó el Libro de Reclamaciones virtual?
Fallo: Sí, por las razones siguientes:
- De la valoración de las capturas de pantalla de la página web de Icam Home presentadas por el denunciante y del Acta de Verificación levantada por la Secretaría Técnica de la Comisión, esto es, con anterioridad a la notificación de la resolución de imputación de cargos, se verifica indubitablemente que el denunciado no implementó en su página web el Libro de Reclamaciones virtual.
- El art. 9 del Reglamento del Libro de Reclamaciones establece de manera expresa y obligatoria la implementación de un aviso visible que dirija al Libro de Reclamaciones virtual desde la página de inicio del portal web. Esta obligación no admite excepciones. El incumplimiento de dicha disposición no se subsana con acciones posteriores a la verificación de la infracción, por lo que corresponde desestimar los argumentos proveedor.