Normas del Día 02/02/26
Por Editorial Economía y Finanzas - 2 de febrero, 2026Damos cuenta de las disposiciones publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" vinculadas con las siguientes materias:
- Procedimientos y Obligaciones Formales ante la SUNAT y Laboral: PDT Planilla Electrónica PLAME (F.V. 0601): Aprobación de nueva versión (Res. 000016-2026/SUNAT).
- Aduanera: Importación de productos: Requisitos fitosanitarios (R.D. D000005-2026-MIDAGRI-SENASA-DSV).
- Laboral: Directiva para la fiscalización de los inscritos en REINFO respecto a la incorporación de trabajadores en planilla: Proyecto (Res. 0025-2026-SUNAFIL).
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y OBLIGACIONES FORMALES ANTE LA SUNAT Y DEL REGIMEN LABORAL
Novedades Normativas:
PDT Planilla Electrónica PLAME (F.V. 0601): Aprobación de nueva versión
La Res. 000016-2026/SUNAT (pub. 31-1-26) ha aprobado la versión 4.6 del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601, con la finalidad de adecuar dicho aplicativo al cambio de la UIT. Esta versión debe ser utilizada a partir del periodo enero de 2026.
MANUAL DE REGIMENES ADUANEROS
Novedades Normativas:
Importación de productos: Requisitos fitosanitarios
La R.D. D000005-2026-MIDAGRI-SENASA-DSV (pub. 1-1-26) ha establecido los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de polen de papa (Solanum tuberosum), cuyo origen y lugar de producción son los viveros y/o laboratorios de la Universidad de Florida de Estados Unidos de América, exclusivamente con fines de investigación que realizará el Centro Internacional de la Papa (CIP) en el Perú.
MANUAL DEL REGIMEN LABORAL
Novedades Normativas:
Directiva para la fiscalización de los inscritos en REINFO respecto a la incorporación de
trabajadores en planilla: Proyecto
La Res. 0025-2026-SUNAFIL (pub. 31-1-26) ha dispuesto la publicación del proyecto denominado “Directiva para la intervención a los titulares inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera, respecto a la incorporación de trabajadores en planilla”, en el portal web de la SUNAFIL, www.gob.pe/sunafil, a fin de comentarios y/o sugerencias del público en general, por el plazo de 15 días calendario.