Normas del Día 18/07/25
Por Editorial Economía y Finanzas - 18 de julio, 2025Damos cuenta de las disposiciones publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" vinculadas con las siguientes materias:
- ISC: Porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del ISC para los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre (Res. 000242-2025/SUNAT).
- Aduanera: i) Precios CIF de referencia y derechos variables adicionales aplicables a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo (Res. Viceministerial 014-2025-EF/15.01) y ii) Publicación del Proyecto de Procedimiento para Garantías Previas RECA-PE.03.06 (versión 2) (Res. 000243-2025/SUNAT).
MANUAL DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
Novedades Normativas:
Porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del ISC para los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre
La Res. 000242-2025/SUNAT (pub. 18-7-25) ha aprobado el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a que se refiere el Rgto. del D.U. 012-2019, que estableció las normas sobre la devolución del ISC para los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre. El porcentaje aprobado es el aplicable a los meses de abril, mayo y junio de 2025.
MANUAL DE REGIMENES ADUANEROS
Novedades Normativas:
Precios CIF de referencia y derechos variables adicionales aplicables a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo
La Res. Viceministerial 014-2025-EF/15.01 (pub. 18-7-25) ha dispuesto la publicación de los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el D.S. 115-2001-EF, respecto del periodo comprendido desde el 1-6-25 hasta el 30-6-25.
Publicación del Proyecto de Procedimiento para Garantías Previas RECA-PE.03.06 (versión 2)
La Res. 000243-2025/SUNAT (pub. 18-7-25) ha dispuesto la publicación del proyecto de resolución que aprueba el procedimiento específico "Sistema de garantías previas a la numeración de la declaración" RECA-PE.03.06 (versión 2) y su exposición de motivos, en el portal web de la SUNAT, www.sunat.gob.pe, a fin de recibir, por el plazo de 15 días calendario, comentarios, aportes u opiniones del público en general.