Normas del Día 28/08/26
Por Editorial Economía y Finanzas - 28 de agosto, 2026Damos cuenta de las disposiciones publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" vinculadas con la materia
- Aduanera: i) VUCE: Incorporación de procedimientos para la importación y comercialización de fuentes de radiación ionizante (R.M. 311-2026-MINCETUR), ii) Prevención del lavado de activos en insumos químicos y bienes fiscalizados: Proyecto (Res. SBS 02117-2026) y iii) ZOFRATACNA: Habilitan inversión extranjera mediante cesión en uso de inmuebles ubicados dentro de zona de frontera (D.S. 009-2026-MINCETUR).
MANUAL DE REGIMENES ADUANEROS
Novedades Normativas:
VUCE: Incorporación de procedimientos para la importación y comercialización de fuentes de radiación ionizante
La R.M. 311-2026-MINCETUR (pub. 28-8-26) ha dispuesto la incorporación de 3 procedimientos administrativos del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) al Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), para que puedan ser tramitados por medios electrónicos a través de dicho sistema.
Prevención del lavado de activos en insumos químicos y bienes fiscalizados: Proyecto
La Res. SBS 02117-2026 (pub. 28-8-26) ha dispuesto la publicación del proyecto de Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo (LA/FT), aplicable a los laboratorios y empresas que producen y/o comercializan insumos químicos y bienes fiscalizados, así como a las empresas que distribuyen, transportan y/o comercializan insumos químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal, bajo control y fiscalización de la SUNAT, en el portal web de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.sbs.gob.pe), a fin de recibir, por el plazo de 15 días calendario, comentarios y observaciones del público en general.
ZOFRATACNA: Habilitan inversión extranjera mediante cesión en uso de inmuebles ubicados dentro de zona de frontera
El D.S. 009-2026-MINCETUR (pub. 28-8-26) ha declarado de necesidad pública la inversión privada de capital extranjero en el Complejo de la Zona Franca de Tacna (ZOFRATACNA), ubicado dentro de los cincuenta kilómetros de la frontera, a fin de permitir que personas naturales o jurídicas extranjeras celebren contratos de cesión en uso de los inmuebles que lo integran para desarrollar las actividades permitidas y servicios auxiliares autorizados por la Ley 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna.