Nulidad de la orden de pago: Cambio de la tasa de cálculo de los pagos a cuenta del IR
Por Editorial Economía y Finanzas - 21 de noviembre, 2024RTF 4399-2-2023 de 2-6-23
Si un contribuyente declara los pagos a cuenta del IR aplicando la tasa correspondiente al Régimen de la Amazonía (Ley N° 27037) y la SUNAT, al amparo del art. 78, inc. 3, del Código Tributario, reliquida tales montos aplicando una tasa distinta sin motivar dicho cambio, es nula la orden de pago mediante la cual se efectúa tal reliquidación, pues esta no se sustentaría en un error de cálculo sino en la denegación del acogimiento del contribuyente al referido régimen.