Operaciones no reales: Caso en que no se presentó la guía de remisión remitente y documentación complementaria que habría podido probar la fehaciencia de las adquisiciones
Por Editorial Economía y Finanzas - 25 de marzo, 2025RTF 1815-12-2024 de 21-2-24
“…en relación a lo indicado por la recurrente en el sentido que la guía de remisión sólo prueba del punto de emisión al punto de llegada y si no fue emitida debió sancionarse al proveedor, precisando que dicho documento no es el único medio probatorio para probar la causalidad, cabe indicar que de acuerdo con el artículo 87 del Código Tributario, es obligación de los deudores tributarios conservar los documentos que estén relacionados con sus obligaciones tributarias, en tanto el tributo no esté prescrito, siendo que si bien la recurrente no presentó la guía de remisión remitente en relación al comprobante de pago observado, tampoco cumplió con presentar otros medios probatorios como kardex o documentos de control interno que permitieran verificar que los bienes observados fueron destinados a la actividad gravada de la recurrente, a pesar de haber sido requerida expresamente para ello…”
Observación: En el caso, la SUNAT reparó el crédito fiscal por operaciones no reales, pues el contribuyente (un restaurante) no había presentado documentación sustentatoria que probase la recepción de los bienes adquiridos en sus instalaciones.
El Tribunal Fiscal concluyó que a efectos de acreditar la operación, el contribuyente debió presentar documentación que sustentara el traslado de los bienes a su local comercial, el ingreso y salida de estos, informes de recepción o control interno y las negociaciones entre las partes, entre otros. Agregó que, si bien resultaba razonable que hubiere adquirido los bienes consignados en las facturas observadas para la realización de sus actividades, debió acreditar que las operaciones se efectuaron en la realidad con los proveedores que emitieron las facturas, lo que no se cumplió, pues el contribuyente presentó documentación que acreditaba la cancelación de las facturas, libro de inventarios y balances, un documento denominado “existencias”, el Registro de Inventario Permanente Valorizado, la carta de platos que ofrecía, entre otros.