Reparo de erogaciones registradas como gasto que según SUNAT debieron activarse: Caso en que SUNAT valoró de forma genérica la documentación que tenía por finalidad desvirtuar el reparo: Efectos
Por Editorial Economía y Finanzas - 6 de abril, 2026RTF 9705-11-2025 de 17-10-25
“…mediante escrito de techa 22 de mayo de 2018 (fojas 3023 a 3042), la recurrente sostuvo que el reparo planteado por la Administración (por erogaciones registradas como gasto que según la SUNAT debieron activarse) no se encontraba debidamente fundamentado debido a que no se hizo referencia ni se analizó la documentación e información que presentó con ocasión de la respuesta al Requerimiento Nº …indicando que el reparo formulado por la Administración debió ser dejado sin efecto a partir de la revisión de medios probatorios tales como sus comprobantes de pago, informes técnicos, órdenes de servicio y memorándums que presentó durante la tramitación del procedimiento de fiscalización.
…en el Resultado del Requerimiento Nº … la Administración dejó constancia de lo indicado por la recurrente y levantó parcialmente el reparo, modificándolo del importe de S/ 765 558,21 a la suma de S/ 691 740,00, siendo que respecto a la documentación anexada por la recurrente señaló que: "de la revisión de /os documentos adjuntos en dos archivadores de palanca y que también adjuntó en dos archivos con extensión PDF, referidos al trámite documentario de necesidad y conformidad de compras, no hace más que corroborar el presente reparo, debido a que dicha documentación no desvirtúa la naturaleza de activo fijo de los bienes adquiridos" (foja 7078).
…tal como se observa, la Administración reconoce que la recurrente adjuntó diversa documentación a efectos de desvirtuar la acotación evaluada en autos y, pese a ello, desconoce su mérito probatorio sin señalar cuáles fueron las razones específicas que habrían sustentado dicha decisión, limitándose a señalar que tales medios probatorios "corroboran el reparo formulado".
(…)
…de lo expuesto se advierte que la Administración no realizó una evaluación prolija de la documentación presentada por la recurrente, coligiéndose que dicho proceder atenta contra el derecho de defensa que asiste a todo contribuyente, en tanto la Administración se limitó a señalar que la documentación presentada no desvirtuaba el reparo referido a la activación de erogaciones que fueron contabilizadas como gasto, formulando observaciones de carácter genérico que no identifican con exactitud qué medios probatorios específicos fueron evaluados por la Administración para arribar a las conclusiones planteadas al concluir el procedimiento de fiscalización.
…en ese orden de ideas, la Administración no debió formular sus conclusiones de forma tan abstracta, sino que debió plasmar sus acotaciones indicando de forma específica cuáles eran las observaciones que conllevaron a que se le reste mérito probatorio a la documentación presentada por la recurrente en respuesta a los Requerimientos N°… y …
…en consecuencia, dado que la Administración no sustentó adecuadamente su acotación, se colige que el reparo materia de análisis no se encuentra debidamente formulado, por lo que corresponde levantar dicho reparo y, en consecuencia, se revoca la resolución apelada en tal extremo.”