Responsabilidad solidaria del gerente de una empresa cuyo nombramiento fue revocado: Acreditación del ejercicio del cargo en fecha posterior a la revocatoria
Por Editorial Economía y Finanzas - 13 de mayo, 2025RTF 450-8-2025 de 17-1-2025
Si en un asiento de la partida registral de una empresa consta que mediante junta general de accionistas se revocó del cargo al gerente general y se nombró a otra persona en su lugar, no corresponde que al amparo del art. 16, num. 2, del Código Tributario la Administración Tributaria impute responsabilidad solidaria a dicho gerente general, por deudas tributarias de periodos posteriores a dicha revocación, más aún si no acredita que pese a dicha revocación el exgerente estuviera ejerciendo dicho cargo “ya sea mediante la planilla de trabajadores de la empresa, cheques girados por pago de proveedores, correspondencia emitida a clientes o proveedores, Libros de Actas u otra documentación que permitiera acreditar que no había dejado de ejercer su cargo”.