Solicitud de devolución: Caso en que el mensaje Swift no hacía referencia a la factura comercial que amparaba la importación
Por Editorial Economía y Finanzas - 7 de agosto, 2025RTF 4831-A-2025 de 27-5-25
Hechos: El recurrente solicitó la devolución por pago indebido o en exceso de los tributos cancelados con la DAM. Señaló que la DAM fue legajada de oficio debido a que habría incurrido en infracción por haber destinado las mercancías en dos declaraciones aduaneras.
La Administración requirió al recurrente presentar documentación bancaria y/o financiera que acreditara el uso de los medios de pago utilizados para cumplir su obligación con el proveedor extranjero. Asimismo, señaló que, de considerarlo, presentara la documentación contable correspondiente. La Administración declaró improcedente la solicitud. El recurrente presentó recurso de reclamación, el cual fue declarado infundado. Finalmente, apeló.
Cuestión controvertida: ¿Procede la solicitud de devolución?
Fallo: No, por las razones siguientes:
- El recurrente señaló que sustentaría el pago de la Factura Comercial mediante la solicitud de transferencia al exterior, el voucher y el mensaje Swift. Sin embargo dicho mensaje no hace referencia a la factura comercial que ampara la importación materia de solicitud y no contiene otra información que de manera objetiva y fehaciente permita vincular la transferencia con los citados documentos. Asimismo, se aprecia que la solicitud de transferencia y el voucher no precisan el concepto de pago de la factura comercial a cancelar.
- Por otro lado se verifica que la solicitud de transferencia, el voucher y el mensaje Swift registran como beneficiario a un tercero y no al proveedor de las mercancías, inconsistencia que no ha sido subsanada por el recurrente.
- Respecto de la documentación contable, cabe precisar que si bien el recurrente presentó el “Registro de Verificación Compras No Domiciliado - PLE” y la Constancia de Recepción de la Información del Libro o Registro Electrónico del Registro de Compras, no obra en los actuados los reportes con la información comprendida en el formato de texto (TXT), relacionados a la operación, que contengan la información del libro o registro que permitió la generación de la Constancia de Recepción.
En consecuencia, legalmente no resulta procedente el pedido de devolución.