Sujeto sin capacidad operativa (SSCO): Falta de personal idóneo para realizar las operaciones por las que se emitieron los comprobantes de pago
Por Editorial Economía y Finanzas - 8 de setiembre, 2026RTF 4255-5-2026 de 5-5-26
Hechos: La SUNAT atribuyó a una empresa dedicada a la venta al por mayor de metales y minerales metalíferos la condición de sujeto sin capacidad operativa (SSCO), al considerar, entre otros aspectos, que no contaba con personal idóneo para realizar las operaciones por las que emitía comprobantes de pago. La recurrente sostuvo que la cantidad de trabajadores debía evaluarse considerando la naturaleza de su actividad, pues se dedicaba a comprar y vender mineral y no a extraerlo y que no existía una norma que estableciera un número mínimo de trabajadores.
Cuestión controvertida: ¿Corresponde atribuir la condición de SSCO a un contribuyente por no contar con personal idóneo para realizar las operaciones por las que emite comprobantes de pago, aun cuando no exista una norma que establezca un número mínimo de trabajadores para desarrollar su actividad?
Fallo: Sí. Si bien no existe una norma que determine la cantidad de personal requerido para la actividad declarada, debe evaluarse si el personal con que cuenta el contribuyente resulta idóneo y guarda relación con la magnitud de la actividad económica efectivamente realizada.
En el caso, la recurrente declaró elevados ingresos por ventas de minerales durante meses en los que contaba con uno o tres trabajadores, lo que resultaba inconsistente y desproporcionado considerando que la comercialización de minerales a gran escala requería labores de verificación de calidad, pesaje, control de inventarios, gestión de carga y supervisión del transporte. Asimismo, la SUNAT verificó que en el domicilio fiscal no existía personal administrativo, logístico ni comercial que sustentara la realización de tales actividades. Al no acreditarse que la recurrente contara con personal idóneo para realizar las operaciones por las que emitió los comprobantes de pago, se confirmó la atribución de la condición de SSCO.