Valor probatorio de la carta emitida por el proveedor de la mercancía que da fe del pago de la factura comercial
Por Editorial Economía y Finanzas - 11 de julio, 2025RTF 902-A-2025 de 3-2-25
Cuestión controvertida: Si la documentación bancaria y contable no hace referencia a la factura comercial, la carta del proveedor a través de la cual da fe del pago de la factura, ¿complementa la información omitida en dicha documentación y confirma la aplicación del primer método de valoración?
Fallo: No. La carta del proveedor es un documento de parte y no una prueba por sí misma sobre el pago de la factura comercial. Dicho documento por sí solo no es una prueba fehaciente que acredite el precio realmente pagado por la factura, más aún si se verifica que fue emitida con fecha posterior al establecimiento de la duda razonable.
Observación: En el caso, el Tribunal Fiscal concluyó que carta del proveedor no tenía valor probatorio por lo indicado en el fallo y por el hecho de que no tenía fecha cierta, ni indicación alguna respecto de quién la habría suscrito y el cargo que ocupaba. Citó como antecedentes las RTF 4687-A-2022 y 9143-A-2022.