Valoración aduanera: Acreditación del precio realmente pagado o por pagar-Aspectos a considerar
Por Editorial Economía y Finanzas - 4 de julio, 2025RTF 5697-A-2024 de 19-6-24
Cuestión controvertida: ¿Qué aspectos se deben tomar en cuenta para acreditar el precio realmente pagado o por pagar y desvirtuar el ajuste de valor efectuado por la Administración?
Fallo:
- Para la acreditación del precio realmente pagado o por pagar por las mercancías importadas ajustado de conformidad con las disposiciones del art. 8 del Acuerdo de la OMC sobre Valoración en Aduana, el importador debe cumplir con presentar los documentos comerciales, financieros y contables que amparen las mercancías objeto de valoración. En caso contrario, no quedará acreditado el precio realmente pagado o por pagar. Además, en la evaluación del valor de transacción la Administración Aduanera debe verificar que el pago por las mercancías importadas se haya efectuado utilizando medios de pago a través del sistema financiero, conforme a lo dispuesto en el D.S 150-2007-EF. De existir duda con relación a la documentación vinculada al medio de pago utilizado por el importador para sustentar el precio pagado por las mercancías, la Administración Aduanera puede solicitar a las entidades del sistema financiero su conformidad o la información relacionada con la operación que involucre el pago al exterior por las mercancías importadas.
- Cuando el importador decida desvirtuar el ajuste de valor en el despacho aduanero, debe sustentar documentariamente el precio realmente pagado o por pagar, con documentos comerciales, financieros y contables. En caso no se presente dicho sustento documentario o estos sean insuficientes o acreditan solo una parte, la Aduana, como consecuencia de haber iniciado el procedimiento de duda razonable, descartará la aplicación del primer método de valoración y continuará con la aplicación de los demás métodos en estricto orden de prelación, siendo que el informe de determinación servirá de sustento para la determinación del cobro de los tributos dejados de pagar por no haber acreditado el precio realmente pagado o por pagar.