Venta de bien futuro (inmueble): Momento a partir del cual el comprador es contribuyente de los arbitrios municipales
Por Editorial Economía y Finanzas - 29 de mayo, 2026RTF 2301-7-2025 de 12-3-25
Si mediante un contrato de compraventa de bien futuro se pacta que la propiedad de un inmueble será transferida al comprador una vez que dicho bien llegue a tener existencia, a partir de la emisión de la resolución de conformidad de obra el contribuyente de los arbitrios municipales correspondientes a dicho inmueble será el comprador, pues desde ese momento se entenderá cumplida la referida condición.